Uso no autorizado de oficinas, salones, áreas comunes, sede recreacional
La Secretaría General de las Unidades Tecnológicas de Santander, informa al personal administrativo, docentes, contratistas y estudiantes en general, que está prohibido el uso no autorizado oficinas, salones, áreas comunes, sede recreacional y deportiva, para actividades extracurriculares, o actividades académicas adicionales a las programadas en el calendario académico regular. El uso de estos espacios será autorizado únicamente por la Secretaría General, con previo visto bueno de la Vicerrectoría Académica. Cabe recalcar que esta medida se hace extensiva a solicitudes que hagan entidades públicas o privadas, de orden municipal, regional, departamental o nacional y quien no cumpla con la presente disposición se encontrará en flagrante violación del numeral 5 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002, Código Único Disciplinario (Artículo 35. Prohibiciones. A todo servidor público le está prohibido: 5. Ocupar o tomar indebidamente oficinas o edificios públicos.) y será informada de manera inmediata a los órganos de control. Ver circular (descargar) Publicado
30 de enero del 2017
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